Thursday, November 10, 2005

Capítulo I. Neutralidad tecnológica: análisis de la situación latinoamericana y beneficios de la libertad de elección

Propuesta

Declaración de San Cristóbal sobre Puntos Mínimos para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Latinoamérica y el Caribe

Neutralidad tecnológica

1. Análisis del estado actual en la región.

En los países de la región existe actualmente un marco regulatorio que exige al Estado y a los ciudadanos el respeto de los derechos de propiedad intelectual; de acuerdo con este marco, cada cual es libre de decidir entre el OSS[1] o el software propietario. En los últimos años, sin embargo, ha venido consolidándose una tendencia a obligar a las entidades de orden público a instalar y usar OSS, esgrimiendo como argumentos de fondo la dependencia a un proveedor de software propietario, el valor de mercado de las licencias, el libre acceso a la información y la brecha tecnológica, y descuidando aspectos tales como la libertad de elección, la libre competencia, la seguridad de tales aplicaciones, la capacitación del personal en esas nuevas herramientas (que genera un sobrecosto) y las ventajas operativas que puedan representar, en términos de eficiencia y eficacia, para esas entidades.

En países como Brasil, Argentina, Perú y Colombia existen ya leyes sobre este tema o cursan proyectos que pretenden convertir esta iniciativa en ley, buscando que las administraciones públicas no puedan elegir libremente, como cualquier agente del mercado, cuál es la mejor herramienta según sus necesidades, sino que, por el contrario, deban limitarse a usar programas que pueden no cumplir sus requerimientos.

Definir que el sector público debe excluir el software propietario de sus sistemas de información y comunicaciones es una grave violación a la competencia libre en el mercado y favorece solamente a un grupo de competidores, en detrimento de otro.

2. Beneficios de la libertad de elección.

Frente a esta imposición dogmática vale la pena resaltar los beneficios que para la sociedad en general implica la libertad de elegir. Para el efecto, nos referiremos en este punto a la declaración sobre neutralidad presentada por la Initiative for Software Choice[2]que coincide con la posición de SEDISI[3] en su casi totalidad, y que define los siguientes como los más importantes:

- El software debe escogerse por sus méritos, no de acuerdo a preferencias categóricas. Las entidades públicas y, en general, la sociedad, deben elegir el software, sea libre o comercial, porque realmente satisface sus necesidades, no por una imposición que favorece a uno sobre el otro. Entre los criterios que deberían ser tenidos en cuenta a la hora de elegir se cuentan el valor, el costo total de propiedad, el feature set, su desempeño y la seguridad proveída. Para SEDISI es claro que una administración pública obligada a usar un modelo de software por encima del otro perderá ventajas competitivas frente a otras administraciones que sí tengan libertad de elección[4].

- Debe promoverse una mayor investigación financiada con fondos públicos. Cuando los gobiernos financian desarrollos de software, las innovaciones resultantes pueden ser licenciadas teniendo en cuenta tanto la necesidad de dar acceso a ellas al público, como la posibilidad de aplicarlas en herramientas comerciales. De esta manera el ciclo de innovación tecnológica es sostenible, al permitir al público acceder a última tecnología y, al tiempo, permitir su comercialización mientras se crean empleos, utilidades e impuestos, que servirán para financiar futuras investigaciones.

- Debe promoverse la interoperabilidad entre plataformas neutrales. La libre definición de estándares, por parte de la industria, que incluyan esquemas de licenciamiento no discriminatorios, implica la posibilidad de interacción entre los usuarios. Debe ser claro que los estándares abiertos no están atados al OSS; los desarrolladores de software propietario usualmente aportan tecnología y propiedad intelectual, necesarios para la definición de nuevos estándares. Las políticas estatales no deberían discriminar a favor de uno u otro modelo de desarrollo de software.

- Mantener la posibilidad de elección de mecanismos de protección de la propiedad intelectual. No debe definirse, como condición para que el software sea escogido, un esquema rígido de licenciamiento; tampoco debe discriminarse a quienes deciden cobrar derechos de licenciamiento frente a quienes no lo hacen. Ambos dependen de los derechos sobre la propiedad intelectual y permitirles elegir los mecanismos a través de los que protegerán su creación fortalece la innovación y la libertad misma.

Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que la libertad de elección, que implica mayores índices de investigación y desarrollo (que se traducen en más y mejor tecnología más barata), permite la creación de puestos de trabajo y la generación de rentas tributarias.



[1] Open Source Software.

[3] Asociación Española de Empresas de Tecnologías de la Información.

[4] SEDISI, Madrid, 2 de junio de 2003. Posición de SEDISI sobre sobre la libertad de elección del software en las administraciones públicas.

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